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Laudo Arbitral dentro de las Contrataciones del Estado

- 20 Octubre, 2020

Ya hemos estado revisando lo que significa el Arbitraje en las Contrataciones del Estado. Se trata de un método de solución de controversias muy importante en la Etapa de Ejecución Contractual. La decisión que pone fin al Arbitraje y a la controversia se llama Laudo Arbitral. Este puede ser impugnado y llevado a la sede judicial. Continuando con el tema del Arbitraje, ahora ahondaremos más en la decisión que le pone fin, el Laudo Arbitral. Acompáñenos en el siguiente artículo para abordar otro importante aspecto de las contrataciones públicas.

¿Qué es el Laudo Arbitral?

El Laudo Arbitral es el nombre que recibe la decisión que toma el encargado de resolver un arbitraje entre las partes discrepantes. Pone fin al Arbitraje y resuelve la controversia suscitada. Puede ser expedida por el árbitro único o por el Tribunal Arbitral, según sea el caso.

A diferencia de una sentencia judicial, el Laudo Arbitral lo dicta un árbitro elegido previamente por las partes. No un Juez, que es un tercero imparcial provisto por el Estado a través del Poder Judicial.

El laudo puede sufrir de integraciones, exclusiones, interpretaciones y rectificaciones. La versión final del Laudo Arbitral debe ser notificada de forma personal a las partes. También deberá ser publicada en el portal web del SEACE.

El Laudo Arbitral posee efectos vinculatorios para las partes del Arbitraje. No pudiendo afectar derechos ni facultades legales de personas ni autoridades ajenas al proceso.

¿Cuál es la forma y características que debe cumplir un Laudo Arbitral?

El Laudo Arbitral debe encontrarse debidamente motivado. Los fundamentos de su decisión deben estar expuestos de forma expresa y clara. Ningún pacto entre las partes puede ir en contra de lo decidido en el Laudo Arbitral.

El Árbitro único o el Presidente del Tribunal Arbitral son los responsables de registrar correctamente el Laudo Arbitral en el portal del SEACE. Esto incluye las integraciones, exclusiones, interpretaciones y rectificaciones que se realicen al Laudo Arbitral. También son responsables de remitir la información necesaria a la respectiva secretaria arbitral para efectos de la notificación personal. Dicha información se publica en el portal del OSCE. Se actualiza trimestralmente, bajo responsabilidad funcional.

El OSCE es el encargado de implementar, administrar y operar el Banco de Laudos Arbitrales. Este contiene la información relevante de los Laudos Arbitrales que se hayan registrado en el SEACE.

¿Es impugnable el Laudo Arbitral?

La respuesta simple es no. El Laudo es “Inapelable, Definitivo y Obligatorio”. Lo que sí puede suceder es que el Laudo Arbitral puede ser ANULADO. Esto se puede hacer sí el Proceso Arbitral se ha dado incorrectamente, alejándose de la Ley. Para ello, la parte que reclama debió señalar el problema en su debido momento (durante el Arbitraje) y su petición debió haber sido desestimada.

¿Qué se debe informar al OSCE?

Las Instituciones Arbitrales registradas y acreditadas en el OSCE tienen una obligación igual a la de los centros administradores de Juntas de Resolución de Disputas. Esta consiste en remitir al OSCE, en las condiciones, forma y oportunidad correspondiente, la información siguiente:

  • Una copia de las resoluciones por la que sus órganos resuelven las recusaciones planteadas contra los árbitros.
  • El Laudos Arbitral en sí, junto a sus rectificaciones, interpretaciones, integraciones y exclusiones de laudos. Así como en general toda decisión que pone fin al Arbitraje.
  • Una copia de los documentos que contengan las decisiones o resoluciones que imponen sanciones a árbitros. Dichas sanciones tienen que deberse a infracciones al Código de Ética de la Institución Arbitral respectiva.
  • La relación trimestral de solicitudes de arbitraje, procesos arbitrales en curso y los procesos concluidos. En estos se deben indicar la materia, el nombre de las partes, representantes legales, asesores o abogados. Obviamente también el nombre del árbitro o árbitros.
  • La Nómina de Árbitros actualizada de la Institución arbitral.

El Laudo Arbitral y los Diplomados en Contrataciones del Estado de HEGEL

El arbitraje es un medio de solución de controversias muy utilizado y muy importante en las contrataciones del Estado. Ahora hemos desarrollado el tema del Laudo Arbitral en las contrataciones del Estado. Pero la clave del éxito consiste en no dejar de capacitarse. Si desea saber más del mundo de estas materias, HEGEL trae los Diplomados en Contrataciones del Estado. Nuestro objetivo es mantenerlo actualizado con información puntual y necesaria.

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