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Junta de resolución de disputas en Perú

La Junta de Resolución de Disputas en la Ejecución de Obras

- 21 Octubre, 2020

Durante las contrataciones del Estado surgen conflictos de diversa naturaleza. No todos estos conflictos son atendidos por el Tribunal de Contrataciones del Estado. Este tribunal solo atiendo los conflictos que surgen durante la etapa de selección. Los conflictos ocurridos durante la Ejecución Contractual son atendidos por la sede arbitral. Sin embargo, para aligerar la actividad arbitral se crea la Junta de Resolución de Disputas para las Ejecuciones de Obra. Este órgano existe desde la nueva Ley de Contrataciones del Estado. Su función es tratar las controversias que surjan entre los contratistas y la Entidad pública en los contratos de Obras mayores a 5 millones de soles.

Existen hoy aún muchas obras paralizadas debido a conflictos pendientes de solución. La Junta de Resolución de Disputas existe para acelerar la resolución de controversias y no permitir que el país se paralice frente a las disputas entre el Estado y los proveedores.

Como INCISPP, traemos ante ustedes la actualización de uno de nuestros primeros artículos: sobre la Junta de Resolución de Disputas. Esto a raíz de algunas modificaciones sufridas sobre sus artículos el año pasado. Además, la solución de controversias es una parte crucial en la Etapa de Ejecución Contractual que también estamos revisando. Por eso, este tema sigue siendo de importancia para los proveedores. Por ello, ofrecemos las siguientes líneas para ayudarlo a comprender mejor este tema.

¿Qué es la Junta de Resolución de Disputas- JRD?

La junta de Resolución de Disputas es un órgano de resolución de controversias anterior a la sede arbitral. Al Igual que el arbitraje, se trata de un tercero ajeno al proceso que intercede para mediar entre las partes. Sólo existe para los contratos de obra cuyo valor sea mayor o igual a 5 millones de soles.

No necesariamente es un órgano colegiado. Puede estar compuesto por 1 o por 3 miembros. Estos son elegidos por las partes al momento de la suscripción del contrato o antes de la ejecución de la obra. En los contratos de obra cuyo valor este entre los 5 y los 40 millones la JRD estará compuesta por 1 miembro. Cuando el contrato sea igual o superior a los 40 millones serán 3 miembros.

Las Características de la Junta de Resolución de Disputas

La Junta de Resolución de Disputas posee las siguientes características:

a) Órgano permanente: 

Existe durante toda la etapa de la Ejecución Contractual. Desde la suscripción del contrato hasta la entrega de la obra. Sus actividades no se reducen a la solución de controversias. Desarrolla otras como: Visitas periódicas, redacción de informes, recomendaciones, etc. Según las modificaciones a la Ley de Contrataciones del Estado la existencia de los artículos que crean la JRD es obligatoria. Su ausencia puede ser motivo para resolver el contrato.

b) Miembros elegidos por las partes: 

Las partes (el proveedor y el Estado) eligen a los miembros a partir de una lista de adjudicadores presentada por la institución encargada de las Juntas de Resolución de Disputas. Dicha Institución recibe el nombre de CENTRO.

c) Carácter de sus resoluciones: 

Lo que resuelve la JRD tiene carácter vinculante y es de obligatorio cumplimiento para las partes. Sin embargo, estas pueden apelar y acudir a una instancia superior (el arbitraje). No por esto deja de ser obligatorio el cumplimiento de lo dispuesto en la decisión. Es decir, incluso sometiendo la causa al arbitraje, la decisión debe seguir ejecutándose por las partes. El desacato de la decisión permite a la otra parte resolver el contrato.

Funciones de la Junta de Resolución de Disputas

La Junta de Resolución de Disputas cumple las siguientes funciones:

  • Emitir decisiones vinculantes sobre las controversias planteadas por las partes.
  • Absolver consultas planteadas por las partes respecto a algún aspecto contractual y/o técnico, las cuales previamente deben ser consultadas al supervisor de obra y al proyectista según corresponda.
  • Efectuar visitas periódicas a la obra en ejecución.
  • Otras funciones que se encuentren establecidas en los contratos respectivos.

¿Cómo están formadas las Juntas de Resolución de Disputas?

Las JDR están compuestas por especialistas que trabajan para una institución privada que se encarga de la resolución de conflictos. Dicha institución será denominada CENTRO y administra la JRD. La institución que actuara como CENTRO debe estar designada en las cláusulas contractuales sobre la JRD.

Las Juntas deben seguir las siguientes reglas simples:

  • Cuando esté integrada por un solo miembro: Deberá ser designado por las partes de la lista de adjudicadores del Centro dentro de los dos días siguientes a la suscripción del contrato. Debe ser un ingeniero o arquitecto con conocimiento de la normativa y de las contrataciones del Estado.
  • Cuando se encuentre integrada por 3 miembros: Cada parte designa a un miembro en el plazo de dos días luego de la suscripción del contrato. El tercer miembro- quien preside la JRD- es designado por los otros dos en un plazo máximo de dos días luego de la aceptación del último de ellos. El presidente debe poseer los mismos requisitos que se exigen para el miembro único de la JRD.

La Resolución de Controversias

Esta función puede ser dividida en 4 etapas.

1. Presentación de la controversia: 

La parte interesada debe presentar una petición escrita que incluya:

  • Una descripción clara y concisa de la naturaleza y de las circunstancias de la controversia.
  • Una lista de peticiones que serán sometidas a las decisiones de la JRD.
  • Una presentación de la posición de la parte.
  • Cualquier sustento que fundamente la petición, tales como documentos, planos, cronogramas, etc.
  • La respuesta que dio la parte contraria, de ser el caso.

2. La contestación de la petición:

El CENTRO notifica a la otra parte sobre la petición presentada en el plazo máximo de 3 días. Habrá 15 días para contestar la petición. La contestación debe incluir una presentación clara y concisa de la posición sobre la controversia, así como cualquier sustento que fundamente su posición. Estos pueden ser documentos, planos, cronogramas o programas de actividades que resulten pertinentes.

3. La audiencia

Culminada la contestación la JRD debe definir si es necesario llevar a cabo una audiencia para que cada parte sustente su punto de vista.

  • La audiencia debe desarrollarse de la siguiente manera:
  • La presentación de caso por la parte solicitante
  • Presentación de la parte que responde
  • Indicación de la JRD a las partes de las cuestiones que requieren mayores aclaraciones para su esclarecimiento
  • Aclaración por las partes de las cuestiones identificadas por la JRD.
  • Contestación de cada parte a las aclaraciones presentadas por la otra parte.

4. La decisión

Culminada la audiencia, la JRD delibera en privado en cualquier lugar que considere apropiado. Luego, toma la decisión y la formula por escrito. El documento que contiene la decisión debe contar con los siguientes elementos:

  • Un resumen de la controversia, de las posiciones respectivas de las partes y de los pedidos que se solicitan
  • Un resumen de las disposiciones pertinentes del contrato de obra y de la legislación aplicable.
  • Una cronología de los hechos relevantes
  • Un resumen del procedimiento seguido por la JRD
  • Una lista de los escritos y los documentos entregados por las partes durante el procedimiento
  • La decisión en sí misma y su motivación

De la Junta de Resolución de Disputa a la sede arbitral

Las decisiones de la Junta de Resolución de Disputa se vuelven inapelables si es que ninguna de las partes comunica por escrito su desacuerdo total o parcial con estas dentro de los 7 días siguientes de notificada dicha decisión.

Al manifestarse el desacuerdo, el asunto se eleva a la sede arbitral. Por ello, la Junta de Resolución de Disputas es una instancia pre arbitral.

La Solución de Conflictos y los Diplomados en Contrataciones del Estado en INCISPP

La Ejecución Contractual es la etapa más complicada de las contrataciones públicas. Entender de forma precisa sus aspectos es crucial para desenvolverse adecuadamente en el mundo de las contrataciones del Estado. El estudio de todo lo que implica la Resolución de Controversias y la Junta de Solución de Disputas en esta etapa. Por ello, el Instituto de Ciencias Sociales y Políticas Públicas (INCISPP) pone a su disposición toda esta información para que se capacite.

Pero esto no es suficiente. Usted debe continuar profundizando su conocimiento. Por ello, HEGEL pone a su disposición los Diplomados especializados en Contrataciones del Estado 2022. Dirigidos a todos aquellos que deseen saber lo necesario del mundo de las contrataciones públicas. Contamos con notables especialistas en la materia que lo capacitarán por un valor de 120 horas académicas. Incluimos la modalidad virtual para estudiar a distancia.

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