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5 cosas que no sabías de la Ley 29783 de Seguridad

- 30 Enero, 2023

La ley 29783 de Seguridad se refiere a las políticas de prevención de riesgos de trabajo que pueden acontecer en las empresas u organizaciones. En este artículo te contamos las cosas que no sabías acerca de esta norma. Antes que nada, se debe tener en claro su objetivo específico.

Esta normativa de seguridad no sólo hace referencia a la prevención de riesgos; los derechos y obligaciones de trabajadores y empresas; sino también, el rol del estado peruano, como ente de control.

Algunas de las cuestiones que se destacan del cuerpo legal son las siguientes:

Ámbito de aplicación

De acuerdo a lo establecido en los artículos de la Ley de seguridad, ésta resulta aplicable a todos los empleados en relación de dependencia. La amplitud de la cobertura involucra a todos los sectores de la economía. Incluye al ámbito público, privado, fuerzas armadas, y cuentapropistas.

Esta novedad es realmente importante para la mejora en las condiciones laborales de todos los sectores.

Beneficios de la Ley de Seguridad

Esta norma permite introducir muchas mejoras en la metodología y procesos de producción de bienes y servicios. Entre ellos se pueden enumerar:

  • Reducción de la estructura de costos
  • Disminución de la probabilidad de errores
  • Mejora en las tasas de asistencia laboral
  • Concientización del personal respecto de las necesidades de prevenir los riesgos y peligros.
  • Cumplimiento de lo ordenado por la ley.
  • Mejora en las tasas de productividad

Cobertura

La ley de seguridad brinda a los empleadores cobertura ante las contingencias derivadas de los accidentes de trabajo. Ello implica que las compañías de seguro los asistirán en los casos de accidentes, enfermedades e inhabilidades acaecidas en hecho y ocasión del trabajo.

En este sentido, se prevé la compensación del daño ocasionado al trabajador como consecuencia de las labores.

Principios legales que consagra la Ley de seguridad

Algunos de los principios de derecho rectores que consagra esta ley son los siguientes:

  • Prevención: las empresas deben garantizar las medidas de prevención de accidentes y enfermedades en cada uno de los puestos de trabajo. Algunos de los factores que se tienen en cuenta implican cuestiones psicosociales, biológicos, laborales, etc.
  • Responsabilidad: La empresa es la responsable de velar por la protección de sus trabajadores. El resarcimiento del daño ocasionado como consecuencia de la enfermedad o accidente de trabajo, les corresponde a las empresas, por sí o a través de terceros.
  • Cooperación: El compromiso de protección de la salud y el bienestar de los trabajadores le compete al estado, las empresas, sindicatos y los propios empleados. Por lo tanto, se debe garantizar la posibilidad de laborar en forma coordinada para alcanzar los objetivos propuestos por la ley de seguridad.
  • Información y capacitación: La capacitación periódica es responsabilidad compartida por sindicatos y empleadores. Especialmente, se debe hacer hincapié en aquellos factores que resultan un considerable peligro para la vida y/o la salud humana.
  • Gestión integral: la promoción y la integración de las políticas de seguridad e higiene industrial se deben incorporar a los objetivos organizacionales. La estrategia de la empresa, la visión y la misión, deben estar alineadas con la protección de la salud de los trabajadores. En tal sentido todas las áreas organizacionales readecuan sus procesos para garantizar el bienestar.
  • Atención integral de la salud: Cuando se produce un siniestro, el empleador y las aseguradoras deben garantizar la adecuada atención. Se deben poner a disposición de la víctima los medios de rehabilitación y recuperación que se requieran, según el caso.

Contingencias

Es importante conocer cuáles son las contingencias que se consideran como accidente de trabajo. El reglamento de la ley de seguridad define qué considera accidente laboral. En tal sentido, se considera accidente laboral a aquellos hechos sobrevinientes por causa y en ocasión del trabajo, que producen lesiones o perturbaciones funcionales, la invalidez o la muerte. En consecuencia, las consecuencias de un accidente o enfermedad profesional, podrán causar:

  • Daños físicos/psicológicos leves
  • Incapacidad, parcial o total, permanente o transitoria.
  • Muerte.

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