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Código procesal penal peruano

Preguntas frecuentes sobre el código procesal penal peruano

- 4 Diciembre, 2020

¿Cuál es el código procesal penal actual vigente en Perú?

El código procesal penal actual es el del 2004, su implementación se ha realizado de forma progresiva tomando en cuenta la carga procesal de cada distrito judicial. Actualmente está vigente en 32 distritos judiciales del interior del país, quedando aún pendiente su implementación total en 2 distritos judiciales (Lima Centro y Lima Sur). En estos dos últimos distritos solo rige, desde el 2011, para los delitos contra la administración pública previstos entre los artículos 382° y el 401° del Código Penal y, además, desde el 20 de agosto de 2013 con la Ley N° 30076, se aplican los artículos de las medidas de coerción personal del Código Procesal Penal.

Para el resto de delitos, en los distritos judiciales de Lima Centro y Lima Sur, todavía se aplica el Código de Procedimientos de 1940, así como en los casos antiguos de los otros distritos judiciales. La implementación total del Código Procesal Penal del 2004 se realizará, según el Decreto Supremo N° 013-2020-JUS, con la aplicación total del Código el 30 de abril de 2021 en Lima Sur y el 31 de mayo de 2021 en Lima Centro.

¿Cuáles son las relaciones del derecho procesal penal con otras disciplinas?

El derecho procesal penal se relaciona con las diferentes disciplinas jurídicas que existen en nuestro ordenamiento, esencialmente con el derecho penal, constitucional, civil, comercial e internacional. Asimismo, la relación del derecho procesal penal no se agota solo en las disciplinas jurídicas, sino que también se extiende a otras áreas, tales como la criminalística, criminología, medicina forense, sociología, entre otras.

En esa línea, la relación del derecho procesal penal con el derecho penal es indispensable para que el Estado ejerza su poder coercitivo; dado que, ambas disciplinas se constituyen como el mecanismo de última instancia para el control social.

¿Qué es el juicio oral en el código de procedimiento penal?

El juicio oral en el código de procedimiento penal es la segunda etapa del proceso penal; se desarrolla ante un Tribunal Correccional de cada Corte Superior; en él concurren las partes procesales, se desarrolla la acusación, se actúan los medios probatorios y se realizan los alegatos de defensa hasta que se dictamine la sentencia correspondiente. El juicio se rige bajo los principios de oralidad y publicidad como regla general, eso implica que solo en algunos casos, y de forma excepcional, el Tribunal podrá permitir que las audiencias del juicio se desarrollen de forma privada.

¿Qué es el proceso sumario penal en Perú?

El proceso sumario penal es un proceso corto y célere, que se aplica por lo general para delitos que no revisten gravedad. Tiene naturaleza especialmente inquisitiva, en el sentido de que el juez es el encargado de dirigir la investigación y la vez juzgar. En el proceso sumario la sentencia se emite, principalmente, por lo realizado en la etapa de instrucción, ya que, la etapa de juzgamiento se encuentra reducida a su mínima expresión.

El proceso sumario penal surge en el Perú con el objetivo de aliviar la carga procesal del proceso ordinario establecido en el código de procedimientos penales; no obstante, ha sido objeto de diversas críticas por el recorte de garantías procesales en la etapa de juzgamiento. Por ello,  el nuevo código procesal penal del 2004 ya no contempla su aplicación.

¿Cuáles son los principios procesales penales en el Perú?

Los principios procesales penales en el Perú son el principio acusatorio, el contradictorio, igualdad de armas, inviolabilidad del derecho de defensa, la presunción de inocencia, la publicidad del juicio, la oralidad, e inmediación.

El principio acusatorio se basa en la potestad del Ministerio Público de formular la acusación ante un órgano jurisdiccional competente. Por su lado, el principio de contradicción permite a las partes rebatir los argumentos presentados, mediando en todo momento el principio de la igualdad de armas e inviolabilidad del derecho de defensa para la parte acusada.

El principio de presunción de inocencia goza de reconocimiento constitucional en nuestro ordenamiento, siendo la columna vertebral del proceso penal. De este principio se desprende la necesidad de probar todo cuanto se acusa y la obligación de que exista un órgano jurisdiccional regido bajo el principio de inmediación, como garantía de que, el Tribunal que juzga sea el mismo que ha valorado las pruebas y oído a las partes.

¿Qué es el proceso penal acusatorio?

El proceso penal acusatorio fue el primer sistema penal que se conoce. Su característica principal es que la actividad de acusar y juzgar corresponde a partes diferentes, logrando una mayor imparcialidad en la decisión emitida por el órgano jurisdiccional. Además, solo las partes pueden ofrecer pruebas para sustentar o rechazar la acusación. El proceso penal acusatorio ha sufrido algunas mutaciones a lo largo de los años, pero ha dejado incólumes a los principios de oralidad, publicidad y contradicción.

¿Qué es el proceso penal inquisitivo?

El proceso penal inquisitivo es aquel en el cual la actividad de acusar y juzgar recae en un solo órgano, dando lugar, en algunos casos, a procesos carentes de imparcialidad. El proceso penal inquisitivo en sus inicios era considerado la contraparte del proceso acusatorio, por su carácter escrito y secreto; no obstante, ha aportado algunas categorías y principios que se mantienen vigentes en los diferentes sistemas procesales. Entre ellos se encuentra el principio de legalidad, tipicidad y de retroactividad benigna.

¿Qué es el proceso acusatorio adversarial?

El proceso acusatorio adversarial es la materialización actual del proceso acusatorio, por eso se basa en los principios de la oralidad, publicidad e igualdad de las partes como ejes principales. Además, mantiene la separación de las funciones de acusar y juzgar en el Ministerio Público y Poder Judicial, respectivamente. El proceso acusatorio adversarial es el modelo del proceso penal vigente en nuestro país; y, aunque cierta parte de la doctrina lo cataloga como proceso acusatorio garantista, lo trascendental es que recoge los principios y garantías de todo proceso acusatorio brindado una mayor protección a las partes del proceso.

¿Qué es el proceso penal ordinario?

El proceso penal ordinario en el código procesal vigente consta de tres etapas: la investigación preparatoria, la etapa intermedia y el juzgamiento. La primera de ellas, está a cargo del Ministerio Público, quien desarrolla las diligencias preliminares y la recopilación de todas las pruebas necesarias, junto a la Policía Nacional, en caso de requerirla. La etapa intermedia se encuentra a cargo del juez de Investigación Preparatoria. En ella se controla el requerimiento de sobreseimiento o, en caso de formularse la acusación, se dicta el auto de enjuiciamiento. La última y más importante etapa del proceso es el juzgamiento. Su desarrollo está a cargo del juez penal unipersonal o del juzgado penal colegiado. En esta etapa se lleva a cabo el juicio oral, la actuación probatoria y la deliberación de las partes, concluyendo con la sentencia.

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